Posted by nunezjimenezmc | Cláusula suelo

Nulidad de las cláusulas suelo aunque existan acuerdos privados entre el banco y el cliente que modifiquen dicha cláusula.

El pasado 16 de Octubre el Tribunal Supremo dictó sentencia confirmando que la cláusula suelo abusiva es nula aunque haya un acuerdo entre el banco y el cliente posterior a la celebración del contrato de préstamo hipotecario.

De tal modo que los acuerdos privativos que los bancos han celebrado con sus clientes a fin de modificar la cláusula suelo no convalida dicha cláusula, y los clientes pueden perfectamente reclamar las cantidades indebidamente cobradas por el banco por aplicación de dicha cláusula antes y después del acuerdo.

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